¿Cómo renunciar al contrato de trabajo con preaviso como trabajador y qué pasa después?
Respuesta breve
Puede terminar su contrato de trabajo (umowa o pracę) con preaviso (wypowiedzenie) en cualquier momento. Entrega al empleador un escrito con su firma manuscrita (art. 30, § 3, del Código del Trabajo, Kodeks pracy), sin indicar la causa y sin información sobre recursos: esas obligaciones solo afectan al empleador. El contrato termina al vencer el plazo de preaviso, que depende de su antigüedad con ese empleador: 2 semanas, 1 mes o 3 meses (art. 36, § 1, del KP). Si el empleador ha incumplido gravemente sus obligaciones básicas hacia usted, p. ej., no paga el salario, puede terminar el contrato sin preaviso y exigir una indemnización (art. 55, § 1(1), del KP).
En esta guía: Forma escrita, sin causa, notificación, plazo de preaviso, vacaciones y baja médica, terminación sin preaviso por culpa del empleador, prestación por desempleo.
A quién se aplica
A los trabajadores con contrato de trabajo (por tiempo indefinido, de duración determinada o de prueba) que quieren poner fin ellos mismos al empleo. En el contrato de mandato (umowa zlecenia) las reglas son distintas: véase ¿Cómo terminar un contrato de mandato y qué hay que liquidar?.
Qué hacer
- Calcule el plazo de preaviso. En el contrato por tiempo indefinido y de duración determinada: 2 semanas si trabaja para ese empleador menos de 6 meses, 1 mes con al menos 6 meses, 3 meses con al menos 3 años (art. 36, § 1, del KP). En el período de prueba: 3 días hábiles, 1 semana o 2 semanas (art. 34 del KP). El plazo en semanas termina en sábado; en meses, el último día del mes (art. 30, § 2(1), del KP). Detalles y ejemplos con fechas: ¿Cuánto dura el plazo de preaviso del contrato de trabajo y qué día termina el contrato?; la fecha puede calcularla en la calculadora.
- Prepare el escrito. El Código exige que la declaración de preaviso se haga por escrito (art. 30, § 3, del KP). La forma escrita se cumple con un documento con su firma manuscrita (art. 78, § 1, del Código Civil, KC, en relación con el art. 300 del KP) o con un archivo firmado con firma electrónica cualificada (art. 78(1) del KC). Un simple correo electrónico o un escaneo sin esa firma no cumple la forma escrita. En el escrito indique la fecha, las partes, la identificación del contrato, la declaración de terminación con preaviso respetando el plazo de preaviso (art. 30, § 1, punto 2, del KP), la duración del plazo y la fecha de terminación. No tiene que escribir por qué se va: la obligación de indicar la causa (art. 30, § 4, del KP) y de informar sobre el recurso (art. 30, § 5, del KP) se refiere exclusivamente a la declaración del empleador. Puede rellenar un modelo listo en el generador de preaviso.
- Entregue el escrito y asegúrese una prueba. El preaviso queda presentado en el momento en que llegó al empleador de modo que pudo conocer su contenido (art. 61, § 1, del KC en relación con el art. 300 del KP). Entregue el escrito en dos ejemplares y pida la anotación «otrzymałem» (recibido) con la fecha en su ejemplar, o envíelo por carta certificada con acuse de recibo. El plazo de preaviso se cuenta desde el día de la notificación.
- Trabaje hasta el final del plazo. El contrato dura hasta que vence el plazo de preaviso (art. 32, § 2, del KP). El empleador puede eximirle unilateralmente de la obligación de trabajar conservando el salario (art. 36(2) del KP); puede pedirlo, pero no exigirlo. También puede concederle vacaciones, y entonces usted tiene la obligación de disfrutarlas (art. 167(1) del KP). Por las vacaciones no disfrutadas hasta el día de la terminación corresponde una compensación (art. 171 del KP); véase Compensación por vacaciones no disfrutadas: cuándo corresponde, cómo calcularla y cuándo debe pagarse.
- Si quiere irse antes, proponga una fecha anterior. Después de dar el preaviso, las partes pueden acordar una fecha de terminación anterior; la forma no cambia, sigue siendo una terminación con preaviso (art. 36, § 6, del KP). La alternativa es la terminación por mutuo acuerdo con cualquier fecha, pero entonces el certificado de trabajo indicará otra forma y los efectos sobre la prestación por desempleo serán distintos.
- Recoja el certificado de trabajo. El empleador lo expide el día en que cesa la relación laboral (art. 97, § 1, del KP). Anota la forma y el fundamento jurídico de la terminación y la parte que dio el preaviso (§ 2, apdo. 1, punto 4, del reglamento sobre el certificado de trabajo). Puede pedir la rectificación de un error en la anotación en el plazo de 14 días (art. 97, § 2(1), del KP). Véase El empleador no le entregó el certificado de trabajo. ¿Qué hacer?.
Cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones
Si el empleador ha cometido un incumplimiento grave de sus obligaciones básicas hacia usted, puede terminar el contrato sin preaviso (art. 55, § 1(1), del KP). El ejemplo típico es no pagar el salario a tiempo; véase El empleador no pagó el salario a tiempo. ¿Qué puede hacer?. Las reglas:
- Escrito con la causa. La declaración debe hacerse por escrito e indicar la causa (art. 55, § 2, del KP). El contrato termina el día de la notificación.
- Plazo de un mes. La declaración no puede hacerse después de transcurrido 1 mes desde el día en que supo de la circunstancia que justifica la terminación (art. 55, § 2, en relación con el art. 52, § 2, del KP). Indique esa fecha en el escrito, p. ej., el día en que debía ingresarse el salario.
- Indemnización. Le corresponde una indemnización equivalente al salario por el plazo de preaviso; en el contrato de duración determinada, por el tiempo hasta el que debía durar el contrato, no más que por el plazo de preaviso (art. 55, § 1(1), del KP). En caso de conflicto, la reclama ante el tribunal laboral.
- Efectos como en el preaviso del empleador. La terminación en esta forma produce los efectos que la ley vincula al preaviso dado por el empleador (art. 55, § 3, del KP), lo que importa, entre otras cosas, para la prestación por desempleo.
- Riesgo. Si la terminación resulta injustificada, el empleador puede exigirle una indemnización por el mismo importe; sobre ella resuelve el tribunal laboral (art. 61(1) y 61(2), § 1, del KP), y los efectos del art. 55, § 3, del KP entonces no se aplican (art. 61(2), § 2, del KP). Reúna pruebas del incumplimiento antes de presentar la declaración.
El segundo fundamento es un certificado médico sobre el efecto nocivo del trabajo en la salud, cuando el empleador no le trasladó a otro trabajo en el plazo debido (art. 55, § 1, del KP).
Excepciones y advertencias
- Preaviso verbal o por correo electrónico. El Código dice que el preaviso «debe hacerse por escrito», pero no reserva esa forma bajo pena de nulidad (art. 73, § 1, del KC en relación con el art. 300 del KP). Ese preaviso es eficaz, aunque defectuoso, pero sin escrito es difícil probar la fecha de presentación.
- Baja médica durante el plazo de preaviso. El Código no prevé que la enfermedad suspenda el cómputo del plazo de preaviso; el contrato termina a su vencimiento (art. 32, § 2, del KP). La prohibición del art. 41 del KP protege al trabajador frente al preaviso del empleador durante una ausencia justificada; no se refiere a su preaviso. Tras el cese del empleo, el subsidio por enfermedad lo paga el ZUS (Instituto de la Seguridad Social); véase subsidio por enfermedad tras el fin del empleo.
- Retirada del preaviso. Tras la notificación solo puede retirarlo con el consentimiento del empleador (art. 61, § 1, del KC en relación con el art. 300 del KP). Véase retirada del preaviso.
- Prestación por desempleo. Según el art. 219, apdo. 1, de la ley sobre el mercado laboral y los servicios de empleo, la prestación no corresponde a quien terminó su última relación laboral con preaviso. Las excepciones son la terminación del contrato por cambio de domicilio y la terminación sin preaviso por culpa del empleador con base en el art. 55, § 1 o 1(1), del KP. En el mutuo acuerdo, la prestación corresponde después de 90 días desde la inscripción (art. 220, apdo. 1, punto 5, de esa ley). Sobre la prestación decide la oficina de empleo de distrito (powiatowy urząd pracy), así que pregunte allí antes de presentar el preaviso.
- Indemnización para el empleador. El Código del Trabajo no prevé indemnización para el empleador por el preaviso ordinario del trabajador. La reclamación del art. 61(1) del KP se refiere solo a la terminación injustificada sin preaviso del art. 55, § 1(1), del KP.
Ejemplo
Supuestos: un trabajador lleva 2 años con el mismo empleador con un contrato por tiempo indefinido. Ha encontrado un nuevo trabajo a partir del 1 de diciembre de 2026. Entrega el preaviso en persona el miércoles 21 de octubre de 2026 y recibe la confirmación de recepción.
La antigüedad es de al menos 6 meses y menos de 3 años, así que el plazo de preaviso es de 1 mes. Termina el último día del mes: el contrato termina el 30 de noviembre de 2026. Si el trabajador hubiera entregado el escrito recién el 2 de noviembre, el contrato duraría hasta el 31 de diciembre de 2026, e irse antes requeriría el consentimiento del empleador (art. 36, § 6, del KP) o un mutuo acuerdo.
Variante: el mismo trabajador no recibió el salario de septiembre ni el de octubre. El 10 de noviembre presenta por escrito la declaración de terminación del contrato sin preaviso (art. 55, § 1(1), del KP), indicando los salarios impagados y sus fechas de vencimiento. El contrato termina el día de la notificación. El trabajador exige el salario atrasado y una indemnización por 1 mes, es decir, por el plazo de preaviso; el requerimiento lo prepara en el generador de requerimiento de pago y, en caso de conflicto, presenta una demanda ante el tribunal laboral.
Documentos y plazos
| Qué | Regla o plazo | Fundamento |
|---|---|---|
| Forma del preaviso | por escrito, firma manuscrita o firma cualificada | art. 30, § 3, del KP; art. 78 y 78(1) del KC |
| Momento de presentación | cuando el empleador pudo conocer el contenido | art. 61, § 1, del KC en relación con el art. 300 del KP |
| Plazo de preaviso | 2 semanas / 1 mes / 3 meses; en la prueba 3 días hábiles / 1 semana / 2 semanas; fin en sábado o el último día del mes | art. 36, § 1, art. 34, art. 30, § 2(1), del KP |
| Terminación sin preaviso por culpa del empleador | escrito con la causa, hasta 1 mes desde que supo del incumplimiento | art. 55, § 1(1)-2, art. 52, § 2, del KP |
| Indemnización para el trabajador | salario por el plazo de preaviso (en el contrato temporal, hasta el fin del contrato, no más que por el plazo de preaviso) | art. 55, § 1(1), del KP |
| Riesgo de indemnización para el empleador | como arriba, resuelve el tribunal laboral | art. 61(1) y 61(2) del KP |
| Certificado de trabajo | el día del cese de la relación laboral; rectificación en 14 días | art. 97, § 1 y § 2(1), del KP |
Guarde el ejemplar del preaviso con la confirmación de recepción o el justificante de envío, la correspondencia sobre la fecha anterior o la exención de trabajar y el certificado de trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que indicar el motivo del preaviso?
No. La obligación de indicar la causa se refiere exclusivamente a la declaración del empleador (art. 30, § 4, del KP). Solo tiene que indicar la causa cuando termina el contrato sin preaviso por culpa del empleador (art. 55, § 2, del KP).
¿Puede el empleador no aceptar mi preaviso?
No necesita su consentimiento. El preaviso queda presentado en el momento en que llegó al empleador de modo que pudo conocer su contenido (art. 61, § 1, del KC). Si se niega a firmar el recibo, envíe una carta certificada con acuse de recibo.
¿Qué pasa si quiero irme de inmediato y el empleador no ha incumplido nada?
Sin un fundamento válido del art. 55 del KP, queda el mutuo acuerdo o el preaviso con una fecha anterior acordada (art. 36, § 6, del KP). Ambos requieren el consentimiento del empleador. El simple abandono del trabajo no termina el contrato y puede considerarse un incumplimiento grave de las obligaciones básicas del trabajador (art. 52, § 1, punto 1, del KP), y la forma de terminación constará en el certificado de trabajo.
Herramientas útiles
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Fuentes (documentos en polaco)
- Kodeks pracy, t.j. Dz.U. 2026 poz. 1245 (art. 30, 32, 34, 36, 36(2), 41, 52, 55, 61(1), 61(2), 97, 167(1), 171, 300)
- Kodeks cywilny, t.j. Dz.U. 2024 poz. 1061 (art. 61, 73, 78, 78(1))
- Ustawa z 20.03.2025 o rynku pracy i służbach zatrudnienia, Dz.U. 2025 poz. 620 (art. 218-220)
- Rozporządzenie w sprawie świadectwa pracy, t.j. Dz.U. 2024 poz. 1016 (§ 2)
Fuentes revisadas el 16 de octubre de 2026. Legislación a fecha de 16 de octubre de 2026.
Historial de cambios
- 16 de octubre de 2026: Primera publicación.
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