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Permisos de maternidad, parental y de paternidad: ¿cuánto duran, cómo solicitarlos y qué subsidio corresponde?

Autor: Redacción de inspekcja-pracy.plRevisado: 16 de octubre de 2026

Respuesta breve

El permiso de maternidad (urlop macierzyński) dura 20 semanas por el nacimiento de un hijo y, en un parto múltiple, de 31 a 37 semanas (art. 180, § 1, del Código del Trabajo, Kodeks pracy, KP). El permiso parental (urlop rodzicielski) corresponde a ambos progenitores conjuntamente con una duración de hasta 41 semanas (43 en parto múltiple), de las que 9 semanas pertenecen exclusivamente a cada progenitor y no pueden transferirse al otro (art. 182(1a) del KP). El padre tiene además 2 semanas de permiso de paternidad (urlop ojcowski) hasta que el niño cumple 12 meses (art. 182(3) del KP). La solicitud del parental se presenta al menos 21 días antes de su inicio, la del de paternidad 7 días antes, y el empleador debe aceptarlas. El subsidio de maternidad es del 100% por el de maternidad y del 70% por el parental, o del 81,5% por todo el período si la madre presenta la solicitud en los 21 días siguientes al parto.

En esta guía: Maternidad 20 semanas, parental 41 con 9 para cada progenitor, paternidad 2 semanas. Solicitudes 21 y 7 días antes, subsidio del 100%, 70% u 81,5%, anexos.

A quién se aplica

Trabajadoras y trabajadores contratados con contrato de trabajo (umowa o pracę) que han sido padres. Los permisos son derechos del Código del Trabajo, y el subsidio de maternidad lo regula la ley de 25.06.1999 sobre las prestaciones económicas del seguro social en caso de enfermedad y maternidad (en adelante: ley de subsidios, ustawa zasiłkowa). El subsidio corresponde durante el período fijado en el Código del Trabajo como período de esos permisos (art. 29a, apdo. 1, de la ley de subsidios). La guía no trata el permiso en condiciones de permiso de maternidad por adopción ni el permiso de maternidad complementario.

Permiso de maternidad (art. 180 del KP)

  • Duración: 20 semanas (1 hijo), 31 (2), 33 (3), 35 (4), 37 (5 o más hijos en un parto) (art. 180, § 1, del KP).
  • Antes del parto: puede usar hasta 6 semanas de permiso antes de la fecha prevista del parto. Tras el parto corresponde el resto de la duración (art. 180, § 2-3, del KP). Si no usa el permiso antes del parto, el primer día del permiso es el día del parto (art. 183(1), § 2, del KP). Una semana de permiso son 7 días naturales (art. 183(1), § 1, del KP).
  • Renuncia a favor del padre: tras usar al menos 14 semanas después del parto, puede renunciar al resto del permiso si la parte restante la usa el trabajador padre o si el padre asegurado interrumpe su actividad remunerada para cuidar al niño. La trabajadora con un dictamen de incapacidad para una vida independiente puede renunciar ya tras 8 semanas (art. 180, § 4-7, del KP).
  • Solicitudes en caso de renuncia: su solicitud de renuncia se presenta en papel o en forma electrónica no más tarde de 7 días antes de incorporarse al trabajo. La solicitud del padre de la parte del permiso la presenta él no más tarde de 14 días antes de su inicio. El empleador debe aceptar ambas solicitudes (art. 180, § 8-9, del KP).

Permiso parental (art. 182(1a)-182(1f) del KP)

  • Duración conjunta: hasta 41 semanas (1 hijo) o 43 semanas (parto múltiple). Si el niño tiene un certificado de la ley "Za życiem", la duración es de 65 o 67 semanas. El permiso corresponde conjuntamente a ambos progenitores (art. 182(1a), § 1-3, del KP).
  • 9 semanas para cada progenitor: de la duración conjunta, cada progenitor tiene el derecho exclusivo a 9 semanas, que no pueden transferirse al otro progenitor (art. 182(1a), § 4-5, del KP). Si el padre no usa sus 9 semanas, la madre no puede asumirlas.
  • A la vez: los progenitores pueden usar el permiso parental al mismo tiempo dentro de la duración conjunta (art. 182(1a), § 6-7, del KP).
  • Hasta cuándo y en cuántas partes: de una vez o en no más de 5 partes, no más tarde del final del año natural en que el niño cumple 6 años (art. 182(1c) del KP). El número de partes se determina según el número de solicitudes presentadas, incluidas las solicitudes de subsidio de maternidad por ese período (art. 182(1d), § 2, del KP).
  • Solicitud: en papel o en forma electrónica, no menos de 21 días antes del inicio del permiso, con los documentos del reglamento. El empleador debe aceptarla (art. 182(1d), § 1, del KP). Puede renunciar al permiso en cualquier momento con el consentimiento del empleador (art. 182(1d), § 3, del KP).
  • Combinación con el trabajo: puede combinar el permiso parental con el trabajo en su empleador hasta media jornada. La solicitud se presenta 21 días antes. El empleador solo puede negarse por la organización o el tipo de trabajo, indicando la causa en 7 días. El permiso se prolonga entonces proporcionalmente, como máximo hasta 82/86 semanas (art. 182(1e)-182(1f) del KP).

Permiso de paternidad (art. 182(3) del KP)

  • Duración: hasta 2 semanas, no más tarde de que el niño cumpla 12 meses de vida. De una vez o en 2 partes, ninguna de las cuales puede ser inferior a una semana (art. 182(3), § 1-1(1), del KP).
  • Solicitud: en papel o en forma electrónica, no menos de 7 días antes del inicio del permiso. El empleador debe aceptarla (art. 182(3), § 2, del KP).
  • El permiso de paternidad es independiente del permiso parental y de las 9 semanas exclusivas del padre.

Qué hacer

  1. Antes del parto. Si quiere empezar el permiso de maternidad antes del parto, presente una solicitud con su nombre y apellidos y la fecha de inicio del permiso, adjuntando una copia del certificado médico con la fecha prevista del parto (§ 2 del reglamento de 8.05.2023 sobre las solicitudes relativas a los derechos de los trabajadores relacionados con la parentalidad, en adelante: reglamento). Si no presenta la solicitud, el permiso empieza el día del parto.
  2. Tras el parto, entregue al empleador el certificado de nacimiento. El empleador fija desde el día del parto la duración del permiso de maternidad y paga o transmite al ZUS (Instituto de la Seguridad Social) los documentos para el subsidio de maternidad.
  3. Decida sobre el 81,5% en los 21 días siguientes al parto. Si quiere recibir el 81,5% de la base de cálculo durante todo el permiso de maternidad y parental, presente una solicitud por escrito no más tarde de 21 días después del parto (art. 30a, apdo. 1, de la ley de subsidios). Es una solicitud de subsidio, presentada al pagador del subsidio (el empleador o el ZUS), no una solicitud de permiso. Sin ella recibe el 100% por el de maternidad y el 70% por el parental (art. 31, apdo. 1-3, de la ley de subsidios). La solicitud no incluye las 9 semanas del otro progenitor, por las que el subsidio es siempre del 70%.
  4. Presente la solicitud del permiso parental 21 días antes de su inicio. La solicitud contiene (§ 14 del reglamento): nombre y apellidos del trabajador, el período de permiso parental ya usado o de subsidio por ese período y el número de partes usadas, y el período para el que se ha de conceder el permiso. Adjunta la certificación literal abreviada del certificado de nacimiento del niño (o una copia) y una declaración de que el otro progenitor no tiene intención de usar el permiso parental en ese período o sobre el período en que el otro progenitor tiene intención de usarlo. Con la duración de 65/67 semanas adjunta una copia del certificado "Za życiem".
  5. El padre presenta la solicitud del permiso de paternidad 7 días antes. La solicitud contiene el nombre y apellidos y el período del permiso o de su parte. Anexos: certificación abreviada del certificado de nacimiento (o copia) y declaración de si el trabajador ya usó el permiso de paternidad o una parte de él (§ 16 del reglamento).
  6. En caso de renuncia al de maternidad a favor del padre, la madre presenta una solicitud con la fecha de vuelta al trabajo y una copia de la solicitud del padre (§ 3 del reglamento). El padre presenta una solicitud con los datos del niño, una declaración sobre el período de permiso usado antes del parto y el período para el que se ha de conceder la parte del permiso, adjuntando la certificación del certificado de nacimiento y la declaración de la madre sobre la intención de renunciar (§ 5 del reglamento).
  7. Planifique las vacaciones. A su solicitud, el empleador concede las vacaciones inmediatamente después del permiso de maternidad; esto se aplica de forma correspondiente al permiso parental y al de paternidad (art. 163, § 3, del KP). En caso de extinción del contrato, por las vacaciones no disfrutadas corresponde una compensación: Compensación por vacaciones no disfrutadas: cuándo corresponde, cómo calcularla y cuándo debe pagarse.

Excepciones y advertencias

  • Protección del empleo. Durante el embarazo, el permiso de maternidad y desde el día de presentación de la solicitud del permiso de maternidad, de paternidad o parental hasta el día del fin del permiso, el empleador no puede dar el preaviso ni rescindir el contrato, ni siquiera hacer preparativos para ello. Son excepciones las causas por culpa del trabajador con el consentimiento de la organización sindical de empresa y la quiebra o liquidación del empleador (art. 177, § 1 y 4, del KP).
  • 70% en lugar de 81,5% cuando el parental no empezó en el primer año. Si en el primer año de vida del niño no se usó ni un día de permiso parental, el subsidio por ese permiso es del 70%, aunque se haya presentado la solicitud del 81,5%. Corresponde entonces, a solicitud, el complemento del subsidio por el de maternidad hasta el 100% (art. 31, apdo. 3f-3g y apdo. 4, de la ley de subsidios).
  • El contrato termina durante el embarazo. Si el contrato de duración determinada se prorrogó hasta el día del parto con base en el art. 177, § 3, del KP, tiene derecho al subsidio de maternidad tras el cese del seguro. El subsidio corresponde también tras el fin del empleo durante el embarazo por fallecimiento, quiebra o liquidación del empleador o por rescisión del contrato con infracción de la ley declarada por sentencia firme (art. 30, apdo. 1, 3-4, de la ley de subsidios).
  • Tras la vuelta al trabajo. Para una enfermedad repentina del niño es útil el permiso por fuerza mayor: Permiso por fuerza mayor: ¿cuándo corresponde y cómo solicitarlo?. Qué ve el empleador del e-ZLA lo describe la guía ¿Ve el empleador por qué estoy de baja médica (L4)?.
  • Cambios legislativos. El art. 29 de la ley de subsidios tendrá una nueva redacción desde el 1.01.2027 (Dz.U. 2026 poz. 26). No tratamos ese cambio.
  • Dudas. Los conflictos sobre el importe del subsidio los resuelve el ZUS y después el tribunal. La negativa del empleador a conceder el permiso puede comunicarla a la PIP. Use el asesoramiento gratuito de la PIP.

Ejemplo

Supuestos: una trabajadora dio a luz a un hijo el 1 de marzo. No usó el permiso antes del parto. Ambos progenitores trabajan con contratos de trabajo. Los padres quieren que la madre esté con el niño el mayor tiempo posible y que el padre use sus derechos.

  1. El permiso de maternidad empieza el 1 de marzo y dura 20 semanas, hasta el 18 de julio.
  2. Hasta el 22 de marzo (21 días después del parto), la madre presenta al empleador una solicitud por escrito del subsidio del 81,5% por todo el período de maternidad y parental.
  3. Al menos 21 días antes del 19 de julio, la madre presenta la solicitud de 32 semanas de permiso parental (41 semanas menos las 9 semanas exclusivas del padre), con el certificado de nacimiento y la declaración de que el padre tiene intención de usar 9 semanas más adelante. Recibe el 81,5% de la base.
  4. El padre, en los primeros meses de vida del niño, presenta con 7 días de antelación la solicitud de 2 semanas de permiso de paternidad. Recibe el 100% de la base.
  5. Cuando la madre vuelve al trabajo, el padre presenta 21 días antes la solicitud de sus 9 semanas de permiso parental. Por ese período recibe el 70%. Puede hacerlo como muy tarde hasta el final del año en que el niño cumpla 6 años, en una o varias partes, siempre que, junto con las partes de la madre, no se superen 5 solicitudes.

Documentos y plazos

QuéPlazo o duraciónFundamento
Permiso de maternidad20 semanas (31-37 en parto múltiple), hasta 6 semanas antes del partoart. 180, § 1-3, del KP
Renuncia al de maternidad a favor del padretras 14 semanas después del parto; solicitud 7 días antes de la vuelta; solicitud del padre 14 días antesart. 180, § 4, 8-9, del KP
Permiso parentalhasta 41/43 semanas (65/67 con "Za życiem"), 9 semanas exclusivas para cada progenitorart. 182(1a) del KP
Partes y plazo finalhasta 5 partes, hasta el final del año en que el niño cumple 6 añosart. 182(1c) del KP
Solicitud del parentalen papel o electrónica, al menos 21 días antesart. 182(1d), § 1, del KP; § 14 del reglamento
Combinación del parental con el trabajohasta 1/2 jornada, solicitud 21 días antes, respuesta del empleador en 7 díasart. 182(1e)-182(1f) del KP; § 15 del reglamento
Permiso de paternidad2 semanas hasta los 12 meses de vida del niño, 1 o 2 partesart. 182(3), § 1, del KP
Solicitud del de paternidaden papel o electrónica, al menos 7 días antesart. 182(3), § 2, del KP; § 16 del reglamento
Solicitud del subsidio del 81,5%por escrito, no más tarde de 21 días después del partoart. 30a, apdo. 1, de la ley de subsidios
Subsidio de maternidad100% maternidad y paternidad, 70% parental, 81,5% a solicitud; las 9 semanas del otro progenitor siempre al 70%art. 31, apdo. 1-3, de la ley de subsidios
Protección frente al preavisodesde la solicitud del permiso hasta su finart. 177, § 1, del KP

Preguntas frecuentes

¿Puede el empleador negar el permiso parental o el de paternidad?

No, si la solicitud se presentó en plazo y en la forma exigida. El Código dice que el empleador está obligado a aceptar la solicitud (art. 182(1d), § 1, y art. 182(3), § 2, del KP). Solo puede negarse a la combinación del permiso parental con el trabajo, y únicamente por la organización o el tipo de trabajo.

¿Qué pasa si la madre no presenta la solicitud del 81,5% en 21 días?

Recibirá el 100% por el permiso de maternidad y el 70% por el permiso parental (art. 31, apdo. 1-2, de la ley de subsidios). Las normas no prevén un cambio posterior al 81,5%.

Guías relacionadas

Fuentes (documentos en polaco)

Fuentes revisadas el 16 de octubre de 2026. Legislación a fecha de 16 de octubre de 2026.

Historial de cambios

  • 16 de octubre de 2026: Primera publicación.

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