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¿Cómo preparar un requerimiento de pago del salario adeudado?

Autor: Redacción de inspekcja-pracy.plRevisado: 15 de octubre de 2026

Respuesta breve

El requerimiento de pago (wezwanie do zapłaty) es un escrito en el que usted exige al empleador que pague el salario adeudado en el plazo que usted mismo fija. La ley no lo exige, pero el escrito deja constancia de su reclamación y de su intento de resolver el asunto de forma amistosa. Indique en él por qué periodo y qué importe reclama, el plazo de pago, el número de cuenta y los intereses legales de demora (odsetki ustawowe za opóźnienie). Desde el 5 de marzo de 2026 son del 9,25% anual. Envíe el requerimiento de manera que tenga prueba de la entrega.

En esta guía: Qué incluir en el requerimiento de pago del salario, cómo calcular los intereses legales (9,25% desde el 5.03.2026), cómo entregarlo y qué hacer si no pagan.

A quién se aplica

Esta guía es para trabajadores con contrato de trabajo (umowa o pracę) a quienes el empleador no pagó el salario en el plazo del art. 85 del Código del Trabajo (Kodeks pracy, KP). Del mismo modo puede requerir el pago de otras prestaciones derivadas de la relación laboral, por ejemplo la compensación por vacaciones no disfrutadas o el complemento por horas extraordinarias.

El plan general de actuación cuando el empleador no paga se describe en la guía El empleador no pagó el salario a tiempo. ¿Qué puede hacer?.

Qué hacer

  1. Determine qué se adeuda y desde cuándo. Compruebe la fecha de pago en el contrato o en el reglamento. El salario mensual debe pagarse a más tardar el día 10 del mes siguiente (art. 85, § 2, KP). La demora empieza el día siguiente a esa fecha.
  2. Prepare el escrito. La forma más rápida es usar el Generador del requerimiento de pago del salario. El requerimiento debe contener:
    • lugar y fecha,
    • su nombre, apellido y dirección,
    • el nombre y la dirección del empleador,
    • el fundamento: el contrato de trabajo con su fecha de celebración,
    • el periodo por el que no se pagó el salario y el importe adeudado,
    • la fecha de pago que ya venció,
    • la exigencia de pago en un plazo determinado en la cuenta indicada,
    • la exigencia de intereses legales de demora desde el día siguiente a la fecha de pago hasta el día del pago,
    • información sobre lo que hará si el empleador no paga (p. ej., queja ante la Inspección Nacional de Trabajo (Państwowa Inspekcja Pracy, PIP), demanda ante el tribunal laboral),
    • su firma manuscrita.
  3. Fije el plazo de pago. Ninguna norma establece cuántos días debe tener el empleador. Usted decide. El plazo debe ser concreto, p. ej., «7 días desde la entrega del requerimiento» o una fecha concreta.
  4. Entregue el requerimiento de manera que tenga prueba. Opciones:
    • carta certificada con acuse de recibo; guarde una copia del escrito, el comprobante de envío y el acuse de recibo,
    • en persona, con confirmación de recepción (fecha, firma, sello) en su copia,
    • e-Doręczenia (notificaciones electrónicas), si el empleador tiene una dirección para e-Doręczenia inscrita en la Base de Direcciones Electrónicas (Baza Adresów Elektronicznych). Según gov.pl, la correspondencia sin participación de una entidad pública es de pago.

    Un correo electrónico normal o un mensaje por mensajería pueden servir como rastro adicional, pero con ellos es más difícil demostrar que el empleador recibió el escrito y cuándo.

  5. Espere a que venza el plazo y siga actuando. Si el empleador no paga, puede presentar una queja ante la PIP o una demanda ante el tribunal laboral. Adónde acudir con cada asunto se explica en la guía PIP, ZUS o tribunal laboral: ¿a quién acudir con un problema en el trabajo?.

Excepciones y advertencias

¿Es obligatorio el requerimiento? No hay ninguna norma que exija un requerimiento de pago antes de presentar una demanda por salarios. Sin embargo, la demanda debe indicar si las partes intentaron una mediación u otra solución extrajudicial del conflicto y, en caso contrario, por qué no (art. 187, § 1, punto 3, del Código de Procedimiento Civil, KPC). El requerimiento ayuda a demostrarlo.

Los intereses se deben sin requerimiento. Si el empleador se retrasa en el pago, usted puede exigir intereses, aunque no haya sufrido ningún daño (art. 481, § 1, del Código Civil, KC, aplicado en el derecho laboral a través del art. 300 KP). Su importe es el tipo de referencia del NBP (Banco Nacional de Polonia) más 5,5 puntos porcentuales (art. 481, § 2, KC). El Ministro de Justicia lo publica en el Monitor Polski (diario oficial). Desde el 5 de marzo de 2026 el tipo es del 9,25% anual (M.P. 2026 poz. 367). En la fecha de verificación, 15.10.2026, no había en el registro ELI ningún anuncio más reciente. Si el tipo cambia durante la demora, cada periodo se calcula por separado con el tipo vigente en ese periodo.

El requerimiento no interrumpe la prescripción. Las reclamaciones derivadas de la relación laboral prescriben a los 3 años desde que son exigibles (art. 291, § 1, KP). La prescripción se interrumpe por una actuación ante un tribunal u otro órgano competente para resolver conflictos, o por el reconocimiento de la deuda por parte del empleador (art. 295, § 1, KP). La norma no menciona el requerimiento de pago. Si el empleador, en respuesta al requerimiento, reconoce por escrito que tiene una deuda, conserve ese escrito.

Bruto o neto. Indique el importe y el componente del salario tal como resultan del contrato o del reglamento (p. ej., «wynagrodzenie zasadnicze za sierpień 2026 r. w wysokości określonej w umowie», es decir, «salario base de agosto de 2026 por el importe fijado en el contrato»). Si no está seguro de cómo determinar el importe, describa con precisión qué reclama y por qué periodo.

Ejemplo

Supuestos: la deuda asciende a 4000 PLN. La fecha de pago venció el 10 de septiembre de 2026. El empleador paga el 15 de octubre de 2026. Durante todo el periodo rige un único tipo de interés: 9,25% anual. Calculamos los intereses desde el 11 de septiembre hasta el 15 de octubre de 2026, ambos incluidos, es decir, por 35 días (20 días en septiembre y 15 en octubre). Tomamos un año de 365 días.

Fórmula: intereses = importe × tipo anual × número de días / 365

Cálculo: 4000 PLN × 0,0925 × 35 / 365 = 35,48 PLN (redondeado al céntimo).

Es una simplificación con un único tipo. Cuando el tipo cambia durante el periodo de demora, divida el periodo en partes, calcule los intereses de cada parte con su tipo y sume los resultados. La forma de contar los días (desde el día siguiente a la fecha de pago hasta el día del pago) es un supuesto del ejemplo, no una cita de la norma.

Documentos y plazos

QuéReglaFundamento
Fecha de pago del salario mensualhasta el día 10 del mes siguienteart. 85, § 2, KP
Plazo en el requerimientolo elige usted, la norma no lo estableceno hay norma
Intereses legales de demora9,25% anual desde el 5.03.2026art. 481 KC, M.P. 2026 poz. 367
Prescripción de la reclamación3 años desde que es exigibleart. 291, § 1, KP
Qué conservarcopia del requerimiento, comprobante de envío, acuse de recibo o confirmación de recepción-

Preguntas frecuentes

¿Puedo enviar el requerimiento por correo electrónico?

Puede, pero es más difícil probar la entrega. Es más seguro enviar una carta certificada con acuse de recibo o entregar el escrito en persona y obtener la confirmación en la copia.

¿Y si el empleador paga solo el salario, sin intereses?

Puede reclamar los intereses por separado, también en una demanda ante el tribunal laboral. Si los importes son pequeños, valore si ese litigio le compensa.

¿Después del requerimiento tengo que esperar para presentar la demanda o la queja?

No hay ninguna norma que lo exija. Sin embargo, si fijó un plazo de pago, normalmente conviene esperar a que venza.

Herramientas útiles

Guías relacionadas

Fuentes (documentos en polaco)

Fuentes revisadas el 15 de octubre de 2026. Legislación a fecha de 15 de octubre de 2026.

Historial de cambios

  • 15 de octubre de 2026: Primera publicación.

La guía tiene carácter informativo. Prevalecen la normativa vigente y la información de la Inspección Nacional de Trabajo. Sitio informativo independiente. No somos la Inspección Nacional de Trabajo (Państwowa Inspekcja Pracy).