Cómo recurrir la resolución del inspector de trabajo de distrito que declara la relación laboral
Respuesta breve
Contra la resolución (decyzja) del inspector de trabajo de distrito que declara la relación laboral puede recurrir ante el tribunal laboral. El recurso se presenta por escrito, a través del inspector de trabajo de distrito que dictó la resolución, «en el plazo de un mes desde el día de su notificación» (art. 477(7b), § 1, del Código de Procedimiento Civil, KPC). Es un mes, no 30 días. Debe exponer todas sus alegaciones y pruebas ya en el recurso, porque después, por regla general, no será posible.
Este asunto suele requerir una evaluación jurídica individual. La guía explica las reglas, pero el resultado depende de los documentos y las circunstancias. Antes de tomar una decisión importante, consulte a un abogado o a un sindicato, o use el asesoramiento gratuito de la PIP. Asesoramiento jurídico de la PIP.
En esta guía: Un mes desde la notificación, por escrito, a través de la OIP, ante el juzgado de distrito. Contenido, preclusión de pruebas, ejecutabilidad, costas.
A quién se aplica
El recurso corresponde a las partes de la resolución (art. 34, apdo. 5a, de la Ley de la Inspección Nacional de Trabajo). Son partes las entidades y personas a las que se refiere la resolución: la empresa indicada como empleador y la persona indicada como trabajador. El trabajador también puede recurrir, p. ej., si no está de acuerdo con la jornada o la remuneración fijadas. En el proceso judicial, también es parte el inspector de trabajo de distrito (art. 477(7c) del KPC).
Esta guía no se refiere a las órdenes (nakaz) del inspector de trabajo. Contra ellas, el recurso se presenta ante la Inspección de Trabajo de distrito (OIP) en un plazo de 7 días (¿Cómo recurrir una orden del inspector de trabajo y qué hacer tras la resolución de la OIP?).
Qué hacer
- Determine la fecha de notificación de la resolución. El plazo se cuenta desde la notificación, no desde la fecha que figura en la resolución. Si la recoge tras un aviso de correos, la fecha de notificación depende de cómo se realizó la notificación (art. 44 del Código de Procedimiento Administrativo, KPA); en caso de duda, pregunte a la OIP.
- Calcule el fin del plazo. El mes termina el día del mismo número del mes siguiente. Si ese día no existe (p. ej., 31 de febrero), el plazo termina el último día del mes (art. 112 del Código Civil, KC). Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se traslada al siguiente día hábil (art. 115 del KC; el KPC remite a estas normas en su art. 165, § 1). Utilice la calculadora del plazo de recurso.
- Prepare el recurso. Debe contener la identificación de la resolución impugnada, los motivos y peticiones de forma concisa, su motivación y la firma (art. 477(7b), § 2, del KPC).
- Incluya todas las alegaciones y pruebas. Quien recurre debe aportarlas en el recurso, y las demás partes en la contestación al recurso. Más tarde solo pueden presentarse si usted acredita de forma verosímil que antes no fue posible o que la necesidad surgió después (art. 477(7b), §§ 3-4, del KPC). La OIP informa de ello al notificar la resolución.
- Presente el recurso a través de la OIP. Lo más seguro es hacerlo en persona en el registro de la OIP, con acuse de recibo, o por correo certificado en una oficina de Poczta Polska (correos de Polonia), guardando el justificante de envío, y no en el último momento. La ley no aclara expresamente si, en un recurso que se presenta a través de la OIP, cuenta la fecha de envío con cualquier operador ni cómo se computa el plazo si se envía electrónicamente.
- Considere peticiones adicionales. Puede solicitar medidas cautelares (art. 755(6) del KPC) y, si se ha conferido a la resolución ejecutabilidad inmediata, su levantamiento (art. 477(7f) del KPC).
- Espere la decisión de la OIP o la remisión del asunto al tribunal. Si la OIP considera el recurso fundado en su totalidad, puede modificar o anular ella misma la resolución. En caso contrario, remite el recurso al tribunal con el expediente y su postura sin demora, a más tardar en el plazo de un mes desde su presentación (art. 477(7b), §§ 5-6, del KPC).
Qué tribunal
El asunto lo conoce el juzgado de distrito (sąd rejonowy) como tribunal laboral, cualquiera que sea la cuantía del litigio (art. 461, § 1(1), del KPC). Es competente por razón del territorio el tribunal de la circunscripción en la que se encuentra el lugar de trabajo fijado en la resolución (art. 461, § 2(3), del KPC), y no, p. ej., la sede de la empresa. El recurso se dirige a ese tribunal, pero se presenta en la OIP.
Qué puede hacer el tribunal
- Desestimar el recurso o modificar la resolución total o parcialmente y resolver sobre el fondo (art. 477(7g), §§ 1-2, del KPC).
- Anular la resolución y devolver el asunto a la OIP, si se dictó con infracción manifiesta de la ley (art. 477(7g), § 3).
- Un acuerdo solo pueden celebrarlo todas las partes del procedimiento, es decir, también la OIP. No se admite someter la controversia a arbitraje (art. 477(7d)).
- Fijar una sesión en el plazo de un mes desde la presentación del asunto (art. 477(1d), aplicado por remisión del art. 477(7i) del KPC). Es una pauta para el tribunal, no una garantía.
Excepciones y advertencias
- Recurso fuera de plazo. El tribunal lo inadmitirá, salvo que el retraso no sea excesivo y se haya producido por causas ajenas a quien recurre (art. 477(7b), § 7, del KPC). No cuente con esta excepción.
- La ejecutabilidad inmediata solo puede conferirse respecto de personas con protección especial frente al despido o la extinción del contrato (art. 33a, apdo. 5, de la Ley de la Inspección Nacional de Trabajo). El recurso (zażalenie) contra la decisión sobre la ejecutabilidad inmediata se presenta en el plazo de una semana (art. 477(7f), § 3, del KPC). El tribunal la resuelve en un plazo de 3 días desde su recepción y también puede suspender de oficio la ejecución inmediata de la resolución (art. 477(7f), §§ 1 y 4).
- Ejecutabilidad tras el recurso. Sin ejecutabilidad inmediata, la resolución solo es ejecutable con la sentencia firme (art. 34, apdo. 2k, de la Ley de la Inspección Nacional de Trabajo). Al mismo tiempo, la ley dice que la resolución produce efectos jurídicos desde el día en que se dicta (art. 34, apdo. 2j). La relación entre estas normas aún no está aclarada por la jurisprudencia.
- Medidas cautelares (art. 755(6) del KPC). El tribunal puede garantizar que, mientras dure el proceso, el contrato solo pueda modificarse, rescindirse o extinguirse según las reglas de protección del derecho laboral. La solicitud se resuelve en un plazo de 3 días.
- Costas. La ley no ha establecido una tasa específica para el recurso contra esta resolución. La tasa fija de 200 PLN solo se prevé para el recurso contra la interpretación individual del Inspector General de Trabajo (GIP) (art. 36a de la Ley de costas judiciales). El art. 96, apdo. 1, punto 4, de esa ley exime de costas, entre otros, al trabajador que presenta una demanda y a la parte que presenta un recurso ante el tribunal laboral y de seguridad social. Si eso abarca al empleador que recurre, y cómo, la ley no lo dice expresamente, y aún no hay jurisprudencia. Antes de presentar el recurso, compruébelo en el tribunal o con un abogado.
- Tribunal Constitucional. La norma sobre la resolución de la OIP es objeto del asunto K 17/26 (en curso a 15.10.2026). Las normas están vigentes.
Cuándo acudir a un abogado
El recurso contra esta resolución es un proceso judicial con preclusión probatoria, por lo que un error al principio es difícil de corregir. Consulte sobre todo si quiere cuestionar la existencia misma de la relación laboral, si la resolución afecta a muchas personas, si están en juego la ejecutabilidad inmediata o medidas cautelares, o si el asunto tiene grandes efectos en cotizaciones e impuestos.
Ejemplo
Supuestos: la resolución de la OIP se notificó a la empresa el jueves 15.10.2026 en mano. La empresa no está de acuerdo con el importe de la remuneración fijado y quiere alegar que la persona trabajaba a tiempo parcial.
El mes desde el 15.10.2026 termina el 15.11.2026. Es domingo, así que el plazo vence el lunes 16.11.2026. La empresa presenta el recurso en la OIP con los motivos, las peticiones, la motivación y todas las pruebas, p. ej., liquidaciones de horas y correspondencia. Si la OIP no estima el recurso en su totalidad, lo remitirá al juzgado de distrito competente para el lugar de trabajo indicado en la resolución.
Documentos y plazos
| Trámite | Plazo | Fundamento |
|---|---|---|
| Recurso contra la resolución de la OIP | un mes desde la notificación | art. 477(7b), § 1, del KPC |
| Remisión del recurso al tribunal por la OIP | sin demora, a más tardar un mes desde su presentación | art. 477(7b), § 6, del KPC |
| Recurso contra la ejecutabilidad inmediata | una semana | art. 477(7f), § 3, del KPC |
| Resolución de la solicitud de levantamiento de la ejecutabilidad inmediata o del recurso | hasta 3 días desde la recepción | art. 477(7f), § 1, del KPC |
| Resolución de la solicitud de medidas cautelares | hasta 3 días desde la recepción | art. 755(6), § 6, del KPC |
Preguntas frecuentes
¿Puedo enviar el recurso directamente al tribunal?
La norma exige presentarlo «a través del inspector de trabajo de distrito». Envíelo a la OIP que dictó la resolución.
¿El recurso suspende la resolución?
La ley no utiliza esa expresión. Sin embargo, la resolución sin ejecutabilidad inmediata solo es ejecutable con la sentencia firme, y el alta en el ZUS (Instituto de la Seguridad Social) se hace en un plazo de 7 días desde que la sentencia es firme (art. 36, apdo. 4e, de la Ley del sistema de seguridad social).
¿Hay que contar 30 días?
No. El plazo es de un mes y termina el día del mismo número del mes siguiente, trasladándose al siguiente día hábil si corresponde.
Herramientas útiles
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Fuentes (documentos en polaco)
- Ustawa z 11.03.2026 o zmianie ustawy o PIP (m.in. art. 477(7b)-477(7j) i 755(6) KPC), Dz.U. 2026 poz. 473
- Ustawa o PIP, tekst ujednolicony ISAP
- Kodeks postępowania cywilnego, t.j. Dz.U. 2026 poz. 468
- Kodeks cywilny, tekst ujednolicony ISAP
- Ustawa o kosztach sądowych w sprawach cywilnych, t.j. Dz.U. 2025 poz. 1228
- Ustawa o dniach wolnych od pracy, t.j. Dz.U. 2025 poz. 296
- Kodeks postępowania administracyjnego, tekst ujednolicony ISAP
Fuentes revisadas el 15 de octubre de 2026. Legislación a fecha de 15 de octubre de 2026.
Historial de cambios
- 15 de octubre de 2026: Primera publicación.
La guía tiene carácter informativo. Prevalecen la normativa vigente y la información de la Inspección Nacional de Trabajo. Sitio informativo independiente. No somos la Inspección Nacional de Trabajo (Państwowa Inspekcja Pracy).